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BOE publica paradas temporales arrastre fondo y cerco en zonas Mediterráneo

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica las paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo y cerco en determinadas zonas del litoral Mediterráneo.

En concreto, el texto recoge las fechas en las que queda prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles en las aguas exteriores, que oscilan entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de este año en función de la zona.

En el caso del cerco, se especifican siete zonas y las fechas de prohibición, que en este caso oscilan entre el 1 de diciembre de 2019 y el 16 de febrero de 2020.

 

 

Las paradas se establecen debido a que los informes científicos actuales confirman que resulta aconsejable el establecimiento de medidas de protección para las poblaciones de las especies demersales y de pequeños pelágicos, entre ellas la creación de vedas.

El BOE también publica hoy disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya.

En concreto, se establece el inicio de la pesquería dirigida para la campaña de 2019 en la medianoche del 5 de marzo de 2019.

La cuota para los barcos es la suma de las cuotas de las dos provincias, que alcanza un total de 3.113.054 kilos. EFE

 

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